Prevención de Incendios Forestales
LEY 5/1999, de 29 de junio, relativa a la aplicación de medidas para promover la prevención y lucha contra los incendios forestales, contiene el marco jurídico general en el que opera la prevención de incendios en la Comunidad Andaluza, teniendo por objeto promover la aplicación de medidas preventivas y el desarrollo de actividades necesarias para reducir los riesgos de Incendios.
La elaboración y aprobación de los Planes Locales de Emergencia por Incendios Forestales es obligatoria en todos los municipios cuyos términos municipales se hallen incluidos total o parcialmente en Zonas de Peligro, pudiendo solicitarse la colaboración de la Consejería competente en materia forestal. Corresponde a las Entidades Locales la elaboración y aprobación de los planes a que se refiere el párrafo anterior.
Corresponde a los propietarios y titulares de derechos reales o personales de uso y disfrute de terrenos o explotaciones forestales colaborar de forma activa en la ejecución de las actuaciones de prevención y lucha contra los incendios forestales, y en particular:
a) Adoptar las medidas que les correspondan con arreglo a la presente Ley para la prevención de los incendios forestales en su finca.
b) Colaborar en las tareas de extinción de incendios de acuerdo con lo previsto en la presente Ley y en los Planes de Emergencia por Incendios Forestales.
Serfosur, SL ha desarrollado un servicio integral para satisfacer las necesidades de los titulares de terrenos forestales, de actividades económicas en ámbito forestal y Entidades Locales, dentro del marco legal de la Ley 5/1999 de 29 de Junio de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales.
Reúnimos a los titulares en Agrupaciones de Defensa Forestal, siempre que sea posible, y los integramos en Planes Locales de Prevención, consiguiendo así, planificar actuaciones más coherentes y reducir costes y molestias a nuestros clientes.
Estos son los servicios que ofrecemos:
Solicite más información en:
950 22 53 98